- Atención personal o presencial, atención diaria que se brinda a los contribuyentes y ciudadanos que se personan en la oficina para realizar trámites como: inscripción, baja, suspensión temporal del pago de los tributos, una vez autorizado por los organismos rectores, los que acuden en busca de información o para formular planteamientos.
- Asistencia telefónica: Asesoría diaria que se brinda a los contribuyentes y ciudadanos que llaman a las oficinas de la ONAT en busca de información.
- Un servicio mediante celulares que pone a su disposición la ONAT. Podrá recibir mensajes tributarios sobre servicios, programas de ayuda, alertas sobre fechas de pago y otros temas fiscales. Envíe por su teléfono móvil un mensaje gratuito al número 8000 con el texto ONAT.
- Asistencia por correo electrónico. Asesoría y envío de legislaciones, programas de ayuda para el llenado de modelos, materiales digitales sobre temas tributarios y otras informaciones. (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
- Asistencia por correo postal en la dirección, calle Juan Bruno Zayas sur Nro 53 e/ Quintín Banderas y Ramón Bernal. CP 53200.
- Publicaciones de los trámites, teléfonos y correos de consulta de las oficinas tributarias en el Directorio Telefónico de ETECSA. (Páginas Verdes, Amarillas y Azules).
- Sitio Web de la ONAT. (www.onat.gob.cu)
- Información mediante publicaciones impresas y digitales creadas por la oficina: folletos, plegables, sueltos, carteles, calendarios, programas de ayuda para el llenado de modelos, entre otras.
- Accediendo a los sitios web del Ministerio de Finanzas y Precios, www.mfp.gob.cu y de la Gaceta Oficial de la República www.gacetaoficial.gob.cu
- Entrega gratuita de documentos fiscales y programas que calculan los tributos, documentos de asistencia que indican a cada contribuyente sus obligaciones y cuándo cumplirlas.
- Publicación de informaciones de trascendencia tributaria por diferentes vías: cartas, sueltos, folletos, medios masivos de comunicación (radio, televisión, periódicos, sitios y portales digitales) tanto nacional, provincial o territoriales.
Es importante que el contribuyente se informe sobre la legislación y los procedimientos relacionados con sus responsabilidades tributarias, pues el desconocimiento de la ley no lo exonera de su cumplimiento.
- No debe usar palabras obscenas u ofensivas.
- Los comentarios deben estar relacionados con el tema.
- No se publicarán los comentarios que incumplan las políticas anteriores.